lunes, 3 de mayo de 2010

DIA DEL NIÑO

Esta actividad se llevo a cabo el dia 30 de abril en celebracion del dia del niño.

DERECHOS DEL NIÑO



Los derechos del niño (o derechos infantiles) son derechos que poseen los niños, niñas y adolecentes, desde antes de nacer. Todo y cada uno de los derechos de la infancia son inalienables e irrenunciables, por lo que ninguna persona puede vulnerarlos o desconocerlos bajo ninguna circunstancia.




por esto en este dia juntamos esfuerzos para darles un pequeño detalle a los niños JUNTOS.


SOCORRO


El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta declaración . Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color , sexo, idioma, religión opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.





El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios , dispensado de todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente, en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.



El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.



El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y a desarrollarse en buena salud: con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, ciudadanos especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.


CONFINES



El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento , la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.



El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible , deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material ; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia, o que carezcan de medios adecuados de subsistencia . Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas, conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.



El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación: dicha responsabilidad incumbe , en primer término , a sus padres.






OIBA

El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.


El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones , los cuales deberán estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.



El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.



No será objeto de ningún tipo de trata.



Suaita

No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se lo dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o educación , o impedir su desarrollo físico, mental o moral.



El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión , tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.



Gracias a todos por su colaboracion ya que sin la ayuda conjunta de alcaldias, empresas privadas y Juntos no habriamos visto la sonrisa de los niños en este su dia.

CIERRE DE URNA GAMBITA

En el municipio de Gambita, siendo las 10:35 a.m del dia 29 de abril de 2010 se reuniero en la secretaria de salud de la alcadia de gambita las siguientes personas: por parte del municipio: El doctor Humberto Hernandez Agudelo, En su calidad de personero, Doctora Amalia Mendosa Ortiz, en su calidad de secretaria de gobierno. Por parte del Operador: Doctora Nancy Fonseca Quevedo en su calidad de coordinadora Local, con el fin de realizar el cierre de urna y el conteo de hojas de vida depositadas en la urna instalada previamente para la convocatoria de un cogestor social rural: